Hay vehículos que precisan de un seguro adicional
Los vehículos a motor están obligados a tener un seguro. De hecho, hay algunos casos en los que es necesario hasta dos seguros. Así lo establece la DGT para aquellos que llevan un remolque o caravana cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) es superior a 750 kg. Estos vehículos deberán llevar un seguro adicional.
En este caso precisarán de un permiso de circulación propio para el remolque, así como matrícula específica y seguro obligatorio al margen del seguro del vehículo tractor.
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Para remolques ligeros, aquellos cuya MMA es inferior o igual a 750 kg. Para ello es necesario el permiso B.
Por su parte, para los remolques no ligeros, que superan los 750 kg, es necesaria la la autorización B96 o el permiso B+E.
Es decir, si un conductor quiere enganchar un remolque no ligero a su vehículo necesita la autorización B96. Ese remolque deberá llevar una matrícula roja, tendrá que pasar la ITV y deberá tener un seguro obligatorio, independientemente del seguro del vehículo tractor.
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Requisitos para conseguir el carnet B96
Asimismo, para obtener esa licencia no es obligatorio asistir a clases prácticas, si bien es recomendable hacerlo.
Fuente: El correo